El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó la tipificación del acecho como delito, mediante reformas al Código Penal del Estado y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, una iniciativa impulsada por la diputada Roxana Hernández Ramírez, con el objetivo de cerrar vacíos legales y brindar mayor protección a las víctimas.
Con esta reforma, se establece que comete el delito de acecho quien, por cualquier medio —incluidas las tecnologías de la información, comunicación y dispositivos electrónicos—, de manera reiterada vigile, siga, persiga, busque cercanía física o establezca contacto o comunicación no deseada con una persona, generándole temor, intimidación, angustia o afectaciones a su libertad, seguridad, integridad o vida cotidiana.
El delito será sancionado con penas de seis meses a dos años de prisión, además de multas que van de cien a quinientos días del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), sin perjuicio de las sanciones que correspondan por otros delitos concurrentes.
La legislación aprobada establece que el delito de acecho se perseguirá por querella, salvo en casos donde la víctima sea niña, niño o adolescente; persona adulta mayor; persona con discapacidad; mujer embarazada; persona perteneciente a un grupo vulnerable; exista una relación de subordinación o dependencia; o cuando el delito sea cometido por una persona servidora pública, casos en los que se procederá de oficio.
Asimismo, las penas podrán incrementarse hasta el doble cuando se cause daño físico o psicológico a la víctima o a personas con las que mantenga lazos afectivos o de parentesco; se utilicen armas u objetos peligrosos; los actos se cometan por razones de género, identidad de género u orientación sexual; o cuando se ingrese sin autorización al domicilio, lugar de trabajo, estudio o cualquier espacio privado de la víctima.
La reforma también contempla agravantes cuando se empleen dispositivos tecnológicos para vigilancia, geolocalización, rastreo o contacto no deseado; cuando el agresor sea persona servidora pública —caso en el que además será destituido e inhabilitado—; así como cuando exista una relación familiar, afectiva, laboral, docente, médica, doméstica o de subordinación, o se generen daños materiales o actos de vandalismo.
De manera paralela, se incorporó el acecho como una forma de violencia psicológica dentro de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, fortaleciendo el marco legal para la prevención, atención y sanción de este tipo de conductas.
La diputada Roxana Hernández Ramírez señaló que esta aprobación representa un avance significativo para el reconocimiento y combate de una violencia que por años fue minimizada, y que hoy podrá ser atendida desde una perspectiva legal que prioriza la seguridad y la dignidad de las víctimas.
