La reforma aprobada por el Senado contempla penas de hasta cinco años de prisión por utilizar elementos de identidad institucional para inducir al error con fines ilícitos
La llamada “Ley Antimemes” podría provocar que usuarios de redes sociales dejen de publicar determinados contenidos por temor a enfrentar una investigación, incluso antes de que exista una sentencia condenatoria, debido a la forma en que fueron redactadas algunas disposiciones.
El Senado aprobó reformas al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial para sancionar el uso, reproducción, imitación o incorporación, a escala comercial, de elementos de identidad gráfica de instituciones públicas, dominios electrónicos o documentos oficiales cuando exista intención de inducir al error o engaño sobre su origen para cometer un ilícito.
Las modificaciones establecen penas de uno a cinco años de prisión para estas conductas. El objetivo planteado es combatir prácticas como la suplantación de sitios oficiales y el uso fraudulento de elementos institucionales para engañar a las personas.
Sin embargo, la académica Daniela Carrasco Berge, del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana, advirtió que algunos conceptos de la reforma pueden quedar sujetos a interpretación. El riesgo, explicó, no necesariamente está en que una publicación termine en una condena penal, sino en que el temor a una posible investigación lleve a las personas a limitar lo que publican.
La reforma no establece una prohibición general de los memes ni contempla que cualquier contenido humorístico o satírico sea automáticamente un delito. El debate se concentra en los límites de las nuevas disposiciones, particularmente cuando se utilicen elementos oficiales y exista una conducta que pueda encuadrar en los supuestos establecidos por la legislación.
El proyecto aprobado por el Senado deberá continuar su proceso legislativo en la Cámara de Diputados, donde todavía puede ser modificado antes de determinarse su eventual entrada en vigor.
