¿Qué gastos escolares puedes deducir ante el SAT?



El regreso a clases implica diversos pagos, pero no todos pueden incluirse como deducciones en la declaración anual

Con el inicio de un nuevo ciclo escolar, las familias realizan distintos gastos para cubrir las necesidades de sus hijos. Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece cuáles de estos pagos pueden considerarse para disminuir impuestos.

Las colegiaturas pagadas a instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios sí pueden ser deducibles, siempre que se cumplan los requisitos fiscales establecidos. Los límites anuales dependen del nivel educativo.

Para preescolar, el monto máximo deducible es de 14 mil 200 pesos; en primaria, 12 mil 900; secundaria, 19 mil 900; profesional técnico, 17 mil 100, y bachillerato o equivalente, 24 mil 500 pesos por estudiante.

El transporte escolar también puede ser considerado, pero únicamente cuando sea obligatorio para los alumnos o esté incluido en la colegiatura bajo esa condición. Además, debe aparecer de manera separada en el comprobante fiscal correspondiente.

En cambio, gastos como inscripciones, reinscripciones, útiles escolares, uniformes, libros, actividades recreativas y cursos extracurriculares no forman parte de las deducciones por colegiaturas. Solicitar una factura por estos conceptos no significa que puedan restarse en la declaración anual.

Para que una colegiatura sea válida, el pago debe realizarse mediante medios autorizados, como transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o cheque nominativo, y contar con el comprobante fiscal correspondiente. El beneficio se aplica en la declaración anual de personas físicas, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por el SAT.

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