La ley establece el procedimiento para que los beneficiarios puedan acceder a los recursos acumulados
Cuando un trabajador fallece antes de iniciar el trámite de su pensión, el dinero acumulado en su cuenta individual de Afore no se pierde. La legislación mexicana contempla un procedimiento para que los beneficiarios puedan reclamar esos recursos, siempre que acrediten el derecho correspondiente.
El primer paso consiste en acudir al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), donde se determina si los familiares tienen derecho a una pensión por viudez, orfandad o ascendencia. En caso de cumplir con los requisitos, el instituto otorgará la pensión conforme a la ley.
Si el IMSS emite una resolución de negativa de pensión, los beneficiarios podrán acudir a la Afore para solicitar la entrega de los recursos acumulados en la cuenta individual del trabajador fallecido. Para ello deberán presentar la documentación que les sea requerida.
Entre los beneficiarios legales se encuentran el cónyuge, la concubina o el concubinario, los hijos menores de edad o hasta los 25 años si continúan estudiando y, en algunos casos, los padres que dependían económicamente del trabajador. También pueden existir beneficiarios sustitutos, siempre que hayan sido designados previamente por el titular de la cuenta.
El monto que podrá recuperarse dependerá del saldo acumulado en la cuenta individual y del régimen pensionario al que pertenecía el trabajador. En caso de no localizar una cuenta de Afore, también es posible verificar si existen recursos en cuentas históricas como SAR 92 o Infonavit 92.
