Restaurantes deben informar costo del agua: Profeco



Negocios deben proporcionar agua o informar su precio antes de incluirla en la cuenta; de lo contrario enfrentan sanciones millonarias.

La Procuraduría Federal del Consumidor precisó que en México los restaurantes no están obligados a dar agua gratuita en todos los casos, pero sí deben informar claramente su precio antes de incluirla en la cuenta.

De acuerdo con Profeco, el punto clave es que ningún establecimiento puede cobrar productos o servicios que no hayan sido solicitados o aceptados por el cliente. Esto implica que, si el líquido se ofrece sin detallar su costo o se agrega directamente al ticket, el consumidor puede negarse a pagarlo y exigir la corrección.

La normativa, basada en la Ley Federal de Protección al Consumidor, permite a los establecimientos vender distintas presentaciones como embotellada, mineral o filtrada, siempre que se especifique su tamaño y precio final. Sin embargo, prácticas como llevar botellas sin preguntar, sustituir opciones sin consentimiento o incluir cargos ambiguos están prohibidas.

En ese sentido, si una persona pide “agua” y recibe una opción más costosa sin explicación previa, el cobro puede considerarse indebido. Profeco enfatiza que la clave legal es la combinación de información previa y aceptación expresa del cliente.

Las sanciones por incumplir estas disposiciones pueden superar los 3 millones de pesos. Ante irregularidades, el consumidor puede reclamar en el momento o presentar una denuncia formal.

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