El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí desechó por unanimidad de votos la impugnación promovida en contra de la denominada “Ley gobernadora”, al determinar que el análisis del fondo del asunto escapa a su ámbito de competencia, al tratarse de una reforma que ya fue aprobada por el Congreso del Estado de San Luis Potosí, aunque aún no haya sido publicada.
Durante la sesión pública celebrada este 12 de enero de 2026, encabezada por la magistrada presidenta Denisse Porras Guerrero, el Pleno resolvió el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía identificado con el expediente TESLP-JDC-122-2025.
El medio de impugnación fue promovido por Luis Fernando Leal Beltrán, quien controvirtió la iniciativa de reforma electoral impulsada por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana.
Dicha reforma establece en sus artículos transitorios que, para el proceso electoral local ordinario de 2027, las candidaturas a la gubernatura de San Luis Potosí deberán ser exclusivamente de mujeres.
Sin embargo, el Tribunal Electoral determinó que no le corresponde pronunciarse sobre el contenido de una reforma ya aprobada por el Poder Legislativo, al no tratarse de un acto definitivo en materia electoral susceptible de análisis en esa vía jurisdiccional, motivo por el cual la impugnación fue desechada de plano.
