La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó una nueva jurisprudencia que cambia las reglas en los casos de cargos no reconocidos por usuarios bancarios. Según lo resuelto, serán los bancos quienes deban demostrar que sus clientes sí autorizaron la operación, en vez de asumir que el usuario debe probar lo contrario.
En su fallo, la Corte señaló que la “confesión ficta” —es decir, presumir que el cliente aceptó una operación porque no asistió a una audiencia judicial— no es suficiente para validar la transacción.
Para revertir la carga de la prueba, los bancos deberán presentar documentos certificados y procedimientos confiables que demuestren que los sistemas usados eran seguros, que se siguieron todos los pasos acordados con el cliente y que efectivamente éste autorizó la operación.
El ministro presidente Hugo Aguilar destacó que el banco debe “demostrar plenamente la legitimidad de la operación … y solo cuando lo haga, puede revertirse la carga de la prueba para que el usuario demuestre que no realizó la operación.”
Con esta decisión, la SCJN busca fortalecer los derechos de las personas usuarias de servicios bancarios, evitar que se les atribuyan cargos indebidos sin base y exigir mayor transparencia por parte de las instituciones financieras.
