Descuentos al sueldo: lo que permite y prohíbe la ley en México



El salario es un derecho laboral protegido por la Ley Federal del Trabajo (LFT). Sin embargo, en algunos casos el patrón puede realizar descuentos al sueldo de las y los trabajadores, siempre bajo condiciones específicas y límites claros.

Descuentos permitidos por la LFT

– Pensiones alimenticias ordenadas por autoridad judicial.

– Préstamos o créditos autorizados por el trabajador, como los otorgados por Infonavit.

– Pago de rentas, sin que supere el 10% del salario.

– Cuotas sindicales ordinarias, de acuerdo con los estatutos del sindicato.

– Errores, pérdidas o averías comprobadas, atribuibles al trabajador.

– Créditos para bienes de consumo duradero o servicios, con tope del 20% del salario y aceptación voluntaria.

– Descuento del 1% en caso de viviendas financiadas por el Infonavit (artículo 143).


Descuentos prohibidos

La Profedet señala que son indebidos aquellos que:

– No estén contemplados en la ley.

– Superen los porcentajes máximos (10% o 20% según el caso).

– Se apliquen sin justificación, sin préstamos o pensiones activas.

– No aparezcan reflejados en el CFDI de nómina.

– Obligan al trabajador a renunciar a salarios futuros.


Además, el salario mínimo no puede sufrir descuentos, salvo en los casos expresamente autorizados por la LFT.

¿Qué hacer en caso de descuentos indebidos?

El trabajador puede acudir a la Profedet, que brinda asesoría gratuita, apoyo en conciliaciones y representación jurídica. También se puede recurrir al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) para buscar un acuerdo antes de juicio.

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