Si no activas tu MTU, tu banco pondrá el límite

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la implementación del Monto Transaccional del Usuario (MTU), un nuevo límite que las personas físicas con cuentas bancarias deberán establecer en las aplicaciones de sus bancos para transferencias electrónicas.

El MTU será obligatorio a partir del 1 de octubre de 2025 y aplicará para operaciones hechas a través de SPEI, CoDi, Dimo y pagos electrónicos. No habrá cambios para depósitos en ventanillas ni pagos con tarjeta.

De acuerdo con la disposición, todos los usuarios deberán configurar su límite en la app bancaria. En caso de no hacerlo antes del 1 de enero de 2026, las instituciones financieras fijarán automáticamente un tope de 1,500 UDIS (aproximadamente 12,800 pesos) por transferencia.

Este límite no aplicará en cuentas de Nivel 1, ni en tarjetas de crédito o débito asociadas a ellas.

La CNBV advirtió que, si no se configura el MTU, los pagos de nóminas, proveedores e inversiones podrían verse afectados, ya que no se permitirá acumular operaciones para enviar montos superiores. Para modificar el límite será necesario realizar un proceso de doble autenticación y confirmar el cambio mediante llamadas, notificaciones o correos cifrados.

Con esta medida, la autoridad busca reforzar la seguridad en el sistema financiero y dar mayor control a los usuarios sobre el manejo de sus transferencias electrónicas.

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