San Luis Potosí dio un paso importante en materia de derechos reproductivos al reconocer, de manera oficial, el derecho de mujeres y personas gestantes a decidir sobre la interrupción de su embarazo. La reforma constitucional fue aprobada tras conseguir el aval de 20 ayuntamientos, conforme a lo establecido en el artículo 138 de la Constitución local.
Este avance ocurre cinco meses después de que el Congreso del Estado aprobara la modificación al artículo 16 de la Carta Magna estatal. En total, se recibieron 29 actas de sesiones de cabildo: 20 fueron favorables y 9 en contra. Además, 30 municipios no se pronunciaron dentro del periodo legal, por lo que su silencio fue interpretado como aprobación automática.
Entre los ayuntamientos que respaldaron la reforma se encuentran Matehuala, Cedral, Tamazunchale, Soledad de Graciano Sánchez, Villa de Pozos y Xilitla, entre otros. En contraste, municipios relevantes como la capital potosina y Ciudad Valles no manifestaron postura, por lo que su omisión se consideró como una aceptación implícita.
La reforma también trajo consigo modificaciones a los artículos 58 BIS y 58 TER de la Ley de Salud local, los cuales establecen la obligación de que hospitales públicos ofrezcan este servicio de manera gratuita y sin restricciones, hasta la semana 12 de gestación.
Esta medida responde a una sentencia emitida por el Juzgado Tercero de Distrito, que exigía al Poder Legislativo adecuar las leyes para proteger los derechos reproductivos. Una vez que el decreto sea publicado, las autoridades sanitarias tendrán un plazo de 60 días para ajustar sus protocolos y normativas.
Con esta aprobación, San Luis Potosí se une a las entidades mexicanas que han optado por garantizar el acceso a la interrupción legal del embarazo, reforzando así el compromiso con la autonomía y la salud de sus habitantes.
