¿Los vales de despensa son obligatorios? Esto dice la LFT

Los vales de despensa se han convertido en una de las prestaciones más valoradas por los trabajadores en México, ya que contribuyen directamente a su economía familiar. Para las empresas, esta prestación no solo mejora la calidad de vida de sus empleados, sino que también influye en la atracción y retención de talento. Sin embargo, su otorgamiento no es obligatorio.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los vales de despensa son una prestación adicional y opcional, determinada por cada empleador según su política de recursos humanos y capacidad financiera. El artículo 101 de la LFT establece que el salario debe pagarse en moneda de curso legal y no puede sustituirse por mercancías, vales o cualquier otro signo representativo de dinero. Por lo tanto, los vales de despensa no pueden considerarse parte del salario, sino un beneficio complementario.

A nivel fiscal, su regulación está contemplada en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), además de disposiciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT). La Ley del ISR permite que los vales de despensa sean exentos de impuestos siempre que su monto no supere el 40% de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) mensual. Para 2025, la UMA mensual será de 3,439.46 pesos, lo que significa que los vales podrán ser exentos hasta por 1,375.78 pesos mensuales.

Aunque no es una obligación, muchas empresas los ofrecen como un incentivo adicional para mejorar el bienestar de sus empleados y fomentar un ambiente laboral positivo, lo que puede traducirse en mayor productividad y menor rotación de personal.

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